Temas Legales contra Vacunas

A continuacion encontraran varios reportes, informes, estudios y modelos que les podran servir para defenderse legalmente contra la vacunacion obligatoria.

En Alemania los jefes no pueden preguntar a un trabajador su estado de vacunacion

https://www.zeit.de/arbeit/2021-07/impfpflicht-unternehmen-corona-arbeitsplatz-recht-anwalt

Leyes, jurisprudencia, declaraciones y otros

Juramento de Hipócrates (-460 // 377): ′ ′ No daré veneno a nadie, si me lo piden, ni tomaré la iniciativa de tal sugerencia. ′ ′

Código de Conducta Médica, artículo 36:

Artículo R4127-36 del Código de Salud Pública: ′ ′ En todos los casos se debe solicitar el consentimiento de la persona examinada o tratada. Cuando el paciente, en un estado de manifestación de su voluntad, rechaza la investigación o el tratamiento propuesto, el médico debe respetar esta negativa luego de informar al paciente de sus consecuencias ′ ′

Código de Nuremberg (1947): ′ ′ El consentimiento del sujeto humano es absolutamente esencial. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos retomó esta prohibición contra la experimentación involuntaria, en su texto de 1966, que establece: nadie puede ser sometido sin su consentimiento a un experimento médico o científico.

Declaración de Ginebra para los médicos (1948): ′ ′ Respetaré la autonomía y la dignidad de mi paciente. No utilizaré mis conocimientos médicos para infringir los derechos humanos y las libertades civiles, incluso bajo la fuerza. Mantendré el respeto absoluto por la vida humana, desde la concepción. Consideraré la salud de mi paciente como mi primera preocupación ′ ′

Declaración de Helsinki (1996) firmada por 45 países, incluida Francia:

Artículo 25: ′ ′ La participación de personas capaces de dar su consentimiento informado a la investigación médica debe ser un acto voluntario. Ninguna persona capaz de dar su consentimiento informado puede participar en un registro sin dar su consentimiento libre e informado ′ ′

Convenio de Oviedo (1997) firmado por 29 países, entre ellos Francia):

Artículo 5: ′ ′ Una intervención en el ámbito de la salud solo podrá realizarse después de que el interesado haya dado su consentimiento libre e informado. A esta persona se le proporciona previamente información adecuada sobre el propósito y la naturaleza de la intervención, así como sus consecuencias y riesgos. El interesado podrá, en cualquier momento, retirar libremente su consentimiento ′ ′

Ley Kouchner (4 de marzo de 2002):

Artículo 111-4: ′ ′ Toda persona deberá tomar decisiones sobre su salud con el profesional de la salud y teniendo en cuenta la información que le proporcione. El médico debe respetar la voluntad de la persona después de informarle de las consecuencias de sus elecciones. Si la voluntad de la persona de rechazar o interrumpir el tratamiento pone en riesgo su vida, el médico debe hacer todo lo posible para convencerla de que acepte la atención que tanto necesita. No se puede practicar ningún tratamiento médico sin el consentimiento libre e informado de la persona y este consentimiento se puede retirar en cualquier momento.

JURISPRUDENCIA de Salvetti (2002): Ningún tratamiento médico es obligatorio en la Unión Europea: ′ ′ Como tratamiento médico no voluntario, la vacunación obligatoria es una injerencia en el derecho a la privacidad, garantizado por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales ′ ′ (decisión Salvetti c. Italia-TEDH de 9 de julio de 2002; núm. 42197/98)

Código Civil francés:

Artículo 16-1: ′ ′ Toda persona tiene derecho a respetar su propio cuerpo. El cuerpo es inviolable ′ ′

Resolución 2361 del Consejo de Europa (28 de enero de 2021): opinión consultiva: la Asamblea insta a los Estados miembros y a la Unión Europea a:

Artículo 731: ′ ′ Asegurar que los ciudadanos sean informados de que la vacunación no es obligatoria y que nadie está bajo presión política, social o de otro tipo para vacunarse, si no desea hacerlo personalmente ′ ′

Artículo 732: ′ ′ Asegurar que nadie sea discriminado por no estar vacunado, por un riesgo potencial para la salud o por no querer vacunarse.

Declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos (19.10.2005)

http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=31058&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html

Artículo 3 – Dignidad humana y derechos humanos

  1. Se habrán de respetar plenamente la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales.
  2. Los intereses y el bienestar de la persona deberían tener prioridad con respecto al interés exclusivo de la ciencia o la sociedad.
    Artículo 5 – Autonomía y responsabilidad individual
    Se habrá de respetar la autonomía de la persona en lo que se refiere a la facultad de adoptar decisiones, asumiendo la responsabilidad de éstas y respetando la autonomía de los demás.
    Artículo 6 – Consentimiento
  3. La investigación científica sólo se debería llevar a cabo previo consentimiento libre, expreso e informado de la persona interesada. La información debería ser adecuada, facilitarse de forma comprensible e incluir las modalidades para la revocación del consentimiento. La persona interesada podrá revocar su consentimiento en todo momento y por cualquier motivo, sin que esto entrañe para ella desventaja o perjuicio alguno.
    Artículo 11 – No discriminación y no estigmatización
    Ningún individuo o grupo debería ser sometido por ningún motivo, en violación de la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales, a discriminación o estigmatización alguna

Jerarquía de las normas en Perú

Absolución a las consultas de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral sobre cuestiones vinculadas a la prestación de labores presenciales de los trabajadores que han recibido las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19 (INFORME N°0122-2021-MTPE/2/15.2)

Este informe basicamente dice que un empleador no puede obligar a sus trabajadores a vacunarse.

Modelo de certificado de exención de vacunación

Agradecimiento a la abogada Beatriz Mejía Mori.

Opinión jurídica sobre la responsabilidad penal
del fabricante Biontech (Alemán)

Opinión jurídica sobre la responsabilidad penal del fabricante Biontech, las autoridades involucradas, los médicos que vacunan, los empleadores involucrados, Jueces (especialmente jueces de familia), Asesor legal, padres y otras partes involucradas de acuerdo con la Ley de Medicamentos (amenazado con pena de prisión de hasta 10 años) haciendo, distribuyendo y Aplicación (vacunación) de la vacuna Comirnaty de Pfizer / Biontech.